Abierto el plazo para la solicitud de ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios

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Abierto el plazo para la solicitud de ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios

#Bienestar Social #Ciudadanía 08/07/2019

El Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta informa de la apertura del plazo para la presentación de solicitudes para acogerse a subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas. El plazo para la presentación de dichas solicitudes estará abierto hasta el 2 de agosto inclusive.



Ayudas para la rehabilitación de viviendas.

El objeto de estas ayudas va dirigido a la realización de obras de conservación en cimentación, estructura, instalaciones, cubiertas, azoteas, fachadas y medianeras y las relativas a la adecuación interior de la vivienda a las condiciones mínimas de funcionalidad, habitabilidad, seguridad e higiene legalmente exigidas. Asimismo, estas ayudas van dirigidas a la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, señales luminosas o sonoras, videoporteros, domótica, etc. y a actuaciones de mejora de accesibilidad en el interior de las viviendas, baños y cocinas. Finalmente, es objeto de esta subvención, la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad sobre la envolvente térmica, sistemas de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria y ventilación, equipos de generación y energías renovables, protección del ruido o salubridad, etc.

Las obras no podrán iniciarse antes de la resolución de concesión de la subvención.

El plazo para solicitar estas ayudas de rehabilitación de viviendas está abierto hasta el 2 de agosto y puede formalizarse en el Centro Cívico y Social y en el Ayuntamiento.

La solicitud debe ir acompañada de un informe técnico de un arquitecto, con fecha anterior a la solicitud de la rehabilitación de la vivienda.

Podrán solicitar esta subvención tanto propietarios como arrendatarios. Los requisitos para optar a esta subvención son:

- que las personas beneficiarias no superen unos determinados ingresos (5,50 del IPREM en de la unidad familiar),
- no haber recibido ayuda para la rehabilitación de esa vivienda en los últimos 3 años,
- que la vivienda objeto de la subvención sea el domicilio habitual,
- que su superficie útil supere los 36 metros cuadrados y sean viviendas cuyo año de construcción sea anterior a 1996.

Las ayudas oscilan entre el 40% y el 70% del presupuesto, dependiendo de la situación de las personas beneficiarias y la actuación que se lleve a cabo. Las cuantías oscilan entre los 3.000 y los 24.000 euros.


Ayudas para la rehabilitación de edificios.

Las subvenciones para la rehabilitación de edificios tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, contribuyendo a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

Podrán solicitar estas ayudas las comunidades de propietarios o agrupaciones de propietarios de edificios donde en el 50% de la viviendas, como mínimo, los ingresos de las unidades de convivencia sean inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para el mismo edificio en los 3 años anteriores.

Esta convocatoria está gestionada directamente por la Junta de Andalucía, por lo que para ampliar la  información o realizar los trámites precisos, los/as vecinos/as interesados/as deben acudir al Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de Sevilla, en la Plaza de San Andrés 2-4, en Sevilla. También pueden informarse a través de los teléfonos:

955 057 210
955 057 226
955 057 228

O en el siguiente correo electrónico: rehabilitacion.edificio.dtse.cfiot@juntadeandalcia.es